1. RESEÑA HISTÓRICA
Siendo presidente de la república el mariscal don Ramón Castilla y marquesado, fue creado mediante el decreto supremo del 19 de febrero de 1856 el “colegio de las educandas”, la misma que funciono en el extinguido convento de la merced. La infausta guerra con Chile hizo que cierre sus puertas desde 1879 hasta 1900 habiendo ocasionado un grave daño a la cultura Ayacuchana, luego de 18 años de funcionamiento ininterrumpidos.
El 09 de febrero de 1924, como homenaje al centenario de la batalla de Ayacucho, el gobierno de augusto Bernardino Leguía expidió la resolución presidencial n° 280 de creación de la escuela normal elemental para preceptoras, siendo su primera directora la Sra. Julia peralta de cantuarias. Ese mismo año, con fecha de 07 de agosto, fue nombrada como directora la distinguida profesora Ayacuchana, Srta. Carmen Pérez Galván, que dio brillo y esplendor a este centro de formación profesional. La primera promoción de 12 normalistas egreso en 1926 y durante 15 años fecundos, formo a las primeras preceptoras, que así se llamaban.
Por D. S. N° 61 del 20 de febrero, fue cambiado a “colegio nacional de mujeres”, hasta 1939. En julio del mencionado año tomo la dirección la doctora Alicia Blanco de Montesinos, permaneciendo hasta 1941. Este año la “escuela normal elemental” fue cerrada ocasionando un grave perjuicio a la cultura de la región. Posteriormente el 06 de febrero de 1957, mediante el D. S. N° 003 se dispuso la reapertura de la escuela normal elemental.
Durante el primer gobierno de Manuel prado Ugarte che, el local que actualmente ocupa, fue transferido mediante el D. S. N° 291 del 20 de julio de 1957, en afectación de uso, por el traslado de colegio nacional “mariscal Cáceres”. (Hoy institución educativa publica “Mariscal Cáceres”). Desde cuya fecha hasta 1970 atendió a 40 estudiantes damas en la modalidad internado.
Por D. S. N° 954 del 13 de julio de 1966 fue elevada a la categoría de escuela normal superior de mujeres, debido a la desactivación de las escuelas normales de Huanta y Cangallo.
En el año de 1970, durante el gobierno del general Juan Velazco Alvarado, mediante la R. M. N° 865 del 15 de marzo, fue convertida en escuela normal superior mixta.
En el año de 1984, el 15 de febrero por el D. S. N° 004 – 84 fue convertido en INSTITUTO SUPERIOR PEDAGOGICO “NUESTRA SEÑORA DE LOURDES” a partir del cual se implementó el nuevo sistema de carrera larga, de 5 años por semestres y con 220 créditos.
Mediante el D. S. N° 023 – 2001 del 19 de abril, época del presidente de la república Valentín Paniagua Curazao y el ministro de educación Marcial Rubio Correa, se agregó la palabra “publico” a la denominación de los institutos deviene en INSTITUTO SUPERIOR PEDAGOGICO PUBLICO “NUESTRA SEÑORA DE LOURDES”, que diferencia de los institutos pedagógicos privados.
Posteriormente por el mandato de la R. M. N° 023 – 2010 – ED, reglamento de la ley N° 29394 se denomina INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PEDAGOGICO PÚBLICO “NUESTRA SEÑORA DE LOURDES”.
Actualmente, nuestro instituto está ACREDITADO por el SINEACE y cuenta con carreras revalidadas; asimismo, a mérito de la nueva ley de instituciones y escuelas de educación superior N° 30512 – 2016 se prevé un nuevo sistema de titulaciones y el nuevo cambio de su denominación.
2. VISIÓN
Al 2024, ser una institución referente a la formación de profesores en el país, a partir de las necesidades y demandas regionales, promoviendo la interculturalidad y la protección del medio ambiente, transformando la realidad social y cultural, garantizando un servicio educativo de calidad.
3. MISIÓN
Formar profesores en valores, promotores de la educación intercultural bilingüe y ambiental, con conciencia social y humana, componentes en el dominio de métodos y estrategias de enseñanza aprendizaje a través de los recursos tecnológicos y la investigación educativa.
4. PERFIL DEL ESTUDIANTE QUE QUEREMOS LOGRAR
Al cabo de los diez semestres debe haber desarrollado las cualidades siguientes:
Ser personas seguras de sí mismas, con autoestima y con identidad personal y cultural, que se sienten parte de un pueblo originario y al mismo tiempo de una región y un país: el Perú.
Ser personas que practican y valoran su cultura y se desenvuelven adecuadamente en su comunidad, pero también pueden hacerlo en otros contextos socioculturales.
Ser personas que practican la interculturalidad, que respetan a los que son diferentes y que no discriminan a nadie por ningún motivo: sexo, raza, religión, género, capacidades, etc., que no se dejan discriminar y que tampoco permiten que otros discriminan a los que están a su alrededor.
Ser personas que comprenden, hablan, leen y escriben en su lengua originaria y en castellano, y usan estas dos lenguas en diferentes situaciones comunicativas, dentro y fuera de sus contextos comunales. Además hablan inglés para la comunicación en escenarios socio lingüísticos más amplios.
Ser personas que valoran las diversas culturas y lenguas que existen en el Perú y en el mundo, pero desde una visión crítica; y demuestran capacidad de entendimiento de las diferencias pero reconocen el derecho a las mismas oportunidades para todos y todas.
Ser personas que reconocen sus derechos individuales, así como aquellos que los asisten como miembros de un pueblo indígena en las leyes nacionales e internacionales.
5. PRINCIPIOS Y VALORES ÉTICOS DEL I.E.S.P.P "NUESTRA SEÑORA DE LOURDES"
RESPETO: Adecua su conducta hacia el respeto de la Constitución y las Leyes, garantizando que en todas las fases del proceso de toma de decisiones o en el cumplimiento de los procedimientos administrativos, se respeten los derechos a la defensa y al debido procedimiento.
PROBIDAD: Actúa con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpósita persona.
EFICIENCIA: Brinda calidad en cada una de las funciones a su cargo, procurando obtener una capacitación sólida y permanente.
IDONEIDAD: Entendida como aptitud técnica, legal y moral, es condición esencial para el acceso y ejercicio de la función pública. El servidor público debe propender a una formación sólida acorde a la realidad, capacitándose permanentemente para el debido cumplimiento de sus funciones.
VERACIDAD: Se expresa con autenticidad en las relaciones funcionales con todos los miembros de su institución y con la ciudadanía, y contribuye al esclarecimiento de los hechos.
LEALTAD Y OBEDIENCIA: Actúa con fidelidad y solidaridad hacia todos los miembros de su institución, cumpliendo las órdenes que le imparta el superior jerárquico competente, en la medida que reúnan las formalidades del caso y tengan por objeto la realización de actos de servicio que se vinculen con las funciones a su cargo, salvo los supuestos de arbitrariedad o ilegalidad manifiestas, las que deberá poner en conocimiento del superior jerárquico de su institución.
JUSTICIA Y EQUIDAD: Tiene permanente disposición para el cumplimiento de sus funciones, otorgando a cada uno lo que le es debido, actuando con equidad en sus relaciones con el Estado, con el administrado, con sus superiores, con sus subordinados y con la ciudadanía en general.
LEALTAD AL ESTADO DE DERECHO: El funcionario de confianza debe lealtad a la Constitución y al Estado de Derecho. Ocupar cargos de confianza en regímenes de facto, es causal de cese automático e inmediato de la función pública.
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